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  • Foto del escritorJoseph Torres

Municipio de San Juan busca regular la actividad comercial con un nuevo Código de Orden Público

Además, busca poner controles a la venta de bebidas alcohólicas y fijar multas por el volumen de música de comercios y vehículos.

El Municipio de San Juan propuso un nuevo Código de Orden Público el cual ordena que todo comercio que se dedique a vender o despachar bebidas alcohólicas al detal tendrá nuevos límites de horario. Además, el Código propuesto busca establecer multas por el volumen de la música de comercios y vehículos, de igual manera por actividades que “obstruyan” las vías públicas.


El municipio capitalino reveló el borrador del Código para que las comunidades puedan someter sus comentarios antes de que comiencen las vistas públicas en la Legislatura Municipal de San Juan.


Por otro lado, el alcalde de la Ciudad Capital, Miguel A. Romero Lugo, exhortó a los ciudadanos a evaluar el documento y compartir sus comentarios, recomendaciones o propuestas, a través del correo electrónico: ordenpublico@sanjuan.pr


Controles sobre las ventas y consumo de bebidas alcohólicas


El nuevo Código ordena que todo comercio "cuya actividad sea vender, servir o despachar bebidas alcohólicas al detal", podrá operar de domingo a jueves desde las 6:00 A.M. y cerrar a las 12:00 A.M., mientras que los viernes y sábados será de 6:00 A.M. a 1:00 A.M.


No aplica a los establecimientos regulados por la Compañía de Turismo, mientras que los restaurantes que continúen operaciones después de la hora dispuesta tendrán que hacerlo sin vender bebidas alcohólicas. Por otro lado, los negocios como supermercados, gasolineras y farmacias podrán vender bebidas selladas, pero no podrán consumirse en los alrededores del establecimiento. Los violadores se expondrán a multas de $500 por primera infracción y la suspensión del permiso de operación.


Además, de aprobarse tampoco se podrá ingerir bebidas alcohólicas por ninguna vía pública. El código “prohíbe ingerir o poseer envase abierto que contenga bebida alcohólica en las aceras, calles, paseos, avenidas, caminos, plazas y sitios públicos”, y fija una multa de $500 a quienes infrinjan lo anteriormente dispuesto.


“Se prohíbe la venta, donación, consumo o expendio de cigarrillos electrónicos, vaporizadores o productos análogos a toda persona menor de 21 años”, establece el nuevo Código. Se le deberá solicitar una tarjeta de identificación con fotografía y fecha de nacimiento, a cualquier persona que aparente ser menor de veintisiete (27) años.


“Obstrucción” de las vías públicas


Por otro lado, el nuevo Código de Orden Público propuesto prohíbe la “obstrucción” de las vías públicas utilizando un lenguaje que podría influir en las manifestaciones que se llevan a cabo en lugares públicos. También, afecta cómo las personas sin hogar utilizan y conviven en esos espacios.


“Se prohíbe el cierre de calles, caminos, callejones y cualquier otra propiedad municipal sin la correspondiente autorización del Municipio. Toda persona que infrinja lo dispuesto en este Artículo estará sujeta al pago de una multa administrativa de $500”, dispone la medida. También, prohíbe obstruir el tránsito vehicular o peatonal en las vías públicas, aceras, entradas a propiedades públicas o privadas. Dicha prohibición incluye “sentarse, acostarse, adoptar cualquier otra postura o colocar cualquier tipo de objeto en las aceras” que obstruya el flujo de tránsito peatonal.


El Código prohíbe que se realice cualquier actividad en la vía pública que afecte o ponga en riesgo la seguridad de cualquier persona en el área. Toda persona que infrinja lo dispuesto estará sujeta a una multa de $500.


Por último, se prohíbe que cualquier persona cierre, obstruya o imposibilite el flujo de personas por cualquier paso peatonal sin los debidos permisos y establece una multa de $500 a toda persona que infrinja lo dispuesto anteriormente.


CódigodeOrdenPúblicoPropuestoSJ
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